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Por: ¡VivaArkansas!
La propiedad de un miembro del servicio no puede ser embargada o vendida para pagar impuestos no pagados, atrasados y que continúen sin pagar antes o durante el período de servicio militar, salvo por orden judicial. La entidad estatal notificará al miembro del servicio por escrito antes del potencial embargo de la propiedad.
Sólo se emitirá una orden judicial que permita la venta de la propiedad de un soldado si el Tribunal considera que su servicio militar no afecta materialmente su capacidad para pagar impuestos no pagados. Un tribunal puede suspender el procedimiento para hacer cumplir el cobro de impuestos mediante la venta de la propiedad mientras el miembro delservicio militar se encuentre en servicio y hasta 180 días después de la terminación del servicio militar activo.
La Procuradora General de Arkansas Leslie Rutledge emitió la alerta al consumidor de hoy para educar a las familias de militares a lo largo de Arkansas sobre esta protección cuando se enfrentan a la inseguridad del despliegue o servicio activo al llegar la temporada de impuestos.
"Los valientes hombres y mujeres que luchan por nuestra libertad merecen especial consideración, sobre todo mientras están en servicio activo," dijo la Procuradora General Rutledge. "El servicio militar puede causar estrés emocional y financiero a las familias, pero se promulgó la Ley de Alivio Civil de los Miembros del Servicio (SCRA) para brindar algo de alivio.
Es importante que todos recordemos sus sacrificios y hacer lo que podamos para ayudar a estas familias heroicas".
La Procuradora General Rutledge dio a conocer información sobre disposiciones adicionales de la ley de impuestos SCRA para recordar a los miembros del servicio militar activo y sus familias las protecciones que tienen a su disposición esta temporada de impuestos:
• Alivio de impuestos estatales: la ley SCRA establece que el ingreso y bienes personales de un soldado no residente no están sujetos a impuestos estatales si el soldado está presente en el estado sólo por órdenes militares.
Por ejemplo, si su estado de residencia legal es Arkansas y lo envían a Colorado, no deberá pagar impuestos del estado de Colorado sobre sus ingresos militares. Sin embargo, los impuestos sobre la renta pueden ser cobrados sobre cualquier ingreso no militar.
• Tasa de Impuestos: la ley SCRA impide que los estados utilicen el ingreso de un miembro del servicio para determinar la tasa de impuesto de su cónyuge cuando no mantienen su residencia legal permanente en ese estado.
• Alivio de residencia de cónyuges militares: Se ha añadido esta disposición a la ley SCRA para extender protecciones fiscales similares a cónyuges de militares que cumplen con ciertos factores de calificación como acompañar al miembro del servicio a una estación de servicio para cumplir con órdenes militares.
El cónyuge también debe estar en el estado únicamente para estar con el miembro del servicio, y el estado de origen del cónyuge debe ser igual al del miembro del servicio. Si se cumplen estos requisitos, los ingresos obtenidos por el cónyuge no militar mientras se encuentre en la estación de servicio no están sujetos a impuestos en ese estado.
• Aplazamiento de pago de impuestos: Si la incapacidad de un miembro del servicio de pagar sus impuestos fue causada por su servicio militar, puede aplazar impuestos adeudados hasta 180 días después de la finalización del servicio military activo.
El Departamento de Impuestos ofrece un programa de voluntariado de ayuda con el pago de impuestos sobre la renta, que ofrece ayuda gratuita para preparar impuestos a miembros del servicio militar. Entre en contacto con la oficina más cercana del programa de Asistencia Legal de las Fuerzas Armadas si sospecha que sus derechos bajo la ley SCRA fueron violados.
Las familias, veteranos y miembros del servicio militar de Arkansas deben presentar quejas del consumidor ante la oficina de la Procuraduría General en ArkansasAG.gov o llamando al (800) 482-8982.
Para que más información y consejos para evitar estafas y otros temas de los consumidores, llame a la Procuraduría General de Arkansas al (800) 482-8982 o visite ArkansasAG.gov o facebook.com/AGLeslieRutledge.
Acerca de la Procuradora General Leslie Rutledge
Leslie Carol Rutledge es la 56ª Procuradora General de Arkansas. Elegida el 4 de noviembre del 2014, es la primera mujer y primera republicana en la historia de Arkansas en ser elegida para esta oficina.
Rutledge, oriunda de Batesville, Arkansas, es graduada de la escuela secundaria Southside, la Universidad de Arkansas en Fayetteville y la Escuela de Derecho William H. Bowen de la Universidad de Arkansas en Little Rock. Comenzó su carrera legal como empleada de la Corte de Apelaciones de la Jueza Josephine Hart, ahora Jueza Asociada de la Corte Suprema de Arkansas.
Fue nombrada Abogada Adjunta del Gobernador de Arkansas Mike Huckabee y más tarde se desempeñó como Asesora Jurídica de la Campaña para Presidente de Mike Huckabee. Ella sirvió como Asistente de Fiscal en el Condado de Lonoke y posteriormente como Abogada para la División de Servicios para la Niñez y la Familia del Estado de Arkansas.
También se desempeñó como Asesora Adjunta del Comité Nacional Republicano del Congreso antes de formar parte del Comité Nacional Republicano como Abogada. Antes de su elección como Procuradora General, ella fundó y ejerció la abogacía en la firma Rutledge, PLLC.
Rutledge vive en Little Rock.